• Funciones que desarrolla Alimentos y Aceites: en el artículo 2 de los estatutos de Alimentos y Aceites se establece su objeto social, que abarca las siguientes actividades: “tenencia o gestión de activos de propiedad pública en el sector de aceites vegetales y otros productos agroalimentarios, tanto de forma directa como indirecta, pudiendo realizar cualquier negocio jurídico licito conexo, complementario o derivado de lo anterior que resulte necesario para la mejor tenencia o gestión de los mencionados activos». En la actualidad Alimentos y Aceites, S.A. S.M.E. únicamente cuenta con una participación directa en la sociedad cotizada Ebro Foods, S.A. equivalente a un porcentaje del 10,36 por ciento de su capital social.
  • Marco jurídico: como Sociedad Mercantil Estatal (SME), Alimentos y Aceites en ningún caso podrán disponer de facultades que impliquen el ejercicio de autoridad pública, como preceptúa el artículo 113 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que recoge expresamente: “Las sociedades mercantiles estatales se regirán por lo previsto en esta Ley, por lo previsto en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, y por el ordenamiento jurídico privado, salvo en las materias en que le sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de personal, de control económico-financiero y de contratación. En ningún caso podrán disponer de facultades que impliquen el ejercicio de autoridad pública, sin perjuicio de que excepcionalmente la ley pueda atribuirle el ejercicio de potestades administrativas”.
  • Estructura organizativa: Alimentos y Aceites no dispone de plantilla propia, siendo su Administrador Único, COFIVACASA, S.A., S.M.E., quien tiene encomendada la gestión de la sociedad.
  • Currículum vitae Presidente y directivos: Representante persona física del Administrador único: Jorge Guillermo Pipaon Pulido. Puede consultar su trayectoria profesional pdf doc.
  • Normativa específica de aplicación a Alimentos y Aceites:
  • Poderes y Delegaciones:
    • Poder de fecha 31/05/2019 otorgado a favor de Eduardo Riesco Almarza, Jose Mª Castro Abella y Fernando Llorens Alonso ante el notario de Madrid Jorge Sáez-Santurtún Prieto con el número 1847 de su protocolo.